CLASIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOCIALES 1. COMUNES O ESPECIALES: LAS COMUNES: Deben ser asumidas por todos los empleadores (persona natural o jurídica): Vestido, Calzado labor, aux. cesantías y aux. funerario, aportes de salud, fuero materno. LAS ESPECIALES: Son de estricto cumplimiento para ciertos patronos: Vejez, o invalidez cuando no son asumidas por el ISS ni por las ARL, auxilio fúnebre y seguro de vida colectivo. 2. LEGALES O EXTRALEGALES: LAS LEGALES: Estas Tienen carácter obligatorio y no pueden ser desconocidos de los empleadores que deben pagarlas en la forma y periodos establecidos. LAS EXTRALEGALES: otorgadas fuera de la ley laboral, nacen de la voluntad de las partes y estipuladas en cláusulas contractuales o convencionales que obligan al empleador a sus satisfacción y cumplimiento. 3. EN DINERO Y EN E...
DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
"La gran suerte que uno puede tener es hacer lo que le gusta. Dar con eso es la esencia de todo"