Ir al contenido principal


EXPLOTACIÓN LABORAL

Se define como recibir un pago inferior al trabajo que se realiza, lo que incluye desde pequeños abusos hasta los talleres de trabajo esclavo

Karl Marx desarrolló su teoría de la economía del capitalismo con base en la idea de explotación laboral (esa diferencia que no se le paga al trabajador, y que se la queda el capitalista, es llamada plusvalía). 

Aunque un trabajo mal pagado para lo que se realiza suele ser lo que define a la explotación laboral, en sentido amplio puede abarcar diferentes situaciones, desde el abuso por parte empleador hacia el empleado hasta la precariedad laboral.

CLASES DE EXPLOTACIÓN LABORAL

  • Trabajar jornadas seguidas sin tener descanso alguno.
  • Trabajar exceso de horas. 
  • Trabajar en días festivos y no ser remunerados.
  • Exceso de tareas.
  • Impago o retraso de los pagos.
  • Hacer trabajos durante el descanso del trabajador.

¿Qué hacer si lo quieren convertir en esclavo laboral?

Dialogar con su jefe para determinar cuáles son sus verdaderas responsabilidades con la empresa  y dejar claras las funciones y obligaciones.

NO malacostumbrar a los jefes al salir constantemente tarde del trabajo, ni aceptar ser sobrecargado de responsabilidades (que no se convierta en un hábito).

Tomar accione legales.


https://es.wikipedia.org/wiki/Explotaci%C3%B3n_laboral
http://www.eltiempo.com/cultura/gente/que-hacer-cuando-hay-explotacion-laboral-42349

Por: Natalia Gómez


Comentarios

Entradas populares de este blog

NÓMINA Y PRESTACIONES SOCIALES 2017   SALARIOS: SALARIOS VALOR DEFINICION Salario mínimo año 2017. Art  145 CST . $737.717 Jornada Ordinaria 48 horas semanales, 8 horas diarias.  Ley 50 de 1990 , Art.20 SALARIO MINIMO DIA $24.590,57 Jornada Ordinaria Día 8 horas SALARIO MINIMO HORA ORDINARIA $3.073.82 Jornada ordinaria 6 a.m. a 10 p.m.  Ley 789 de 2002 ,   Art. 25 SALARIO MINIMO HORA NOCTURNA Ley 50 de 1990 Art. 24 $4.149.,65 Jornada Nocturna 10p.m a 6 a.m. Valor Hora Ordinaria+35% de recargo                                                     AUXILIO DE TRANSPORTE: AUXILIO VALOR DEFINIC...
¿Se puede despedir un trabajador sin justa c ausa? En consecuencia, para terminar el contrato de trabajo de un trabajador con una incapacidad de origen común superior a 180 días, el empleador deberá solicitar previamente a la Dirección Territorial del Ministerio, el permiso para que autorice el despido con los soportes documentales que justifiquen el mismo, de forma tal que se tenga la certeza que el despido no obedece a su discapacidad; y sólo en caso de incumplimiento del requisito señalado, el despido será ineficaz, no produce ningún efecto, y por tanto, deberá entenderse que el despido nunca se produjo, la relación laboral siempre continuó vigente, así como las obligaciones salariales, prestacionales y frente al Sistema de Seguridad Social se mantienen. Pero además de la ineficacia del despido, el legislador claramente señaló la obligación a cargo del empleador de asumir el pago de la indemnización de perjuicios equivalente a 180 días de salario, y la indemnización p...